viernes, 2 de junio de 2017

Reducción de capital por devolución de aportaciones en SL: no cabe exigir declaración expresa sobre el régimen de responsabilidad de los socios

Es la RDGRN 10 de mayo de 2017: Se rechaza la inscripción de un acuerdo de reducción de capital social de una SL mediante amortización de participaciones con devolución de aportaciones. El registrador considera que “ha de declararse expresamente si la sociedad y el socio vendedor responderán solidariamente durante cinco años de las deudas previas; o si se ha optado por dotar de una reserva indisponible de conformidad con lo dispuesto en los artículos 331 y 332 LSC”. La DGRN estima el recurso y revoca la calificación. Si se ha identificado a los socios beneficiados por la devolución del valor de las aportaciones sin indicar que se ha dotado la reserva especial, debe presuponerse que rige el sistema legal supletorio (responsabilidad solidaria) y deberá practicarse la inscripción.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Faltaría más!

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